DEFENSA A HOMBRES ANTE DENUNCIAS FALSAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO

23 de octubre de 2025

En Exige Abogados creemos firmemente que la lucha contra la violencia de género es una causa social de primer orden. Es fundamental que las mujeres víctimas de maltrato cuenten con toda la protección legal y el apoyo institucional necesario. Sin embargo, también somos conscientes de una realidad que, aunque menos visible, causa un profundo daño: las denuncias falsas de violencia de género.


Estas situaciones, aunque estadísticamente poco frecuentes, pueden destrozar la reputación, la vida personal y profesional de los hombres acusados injustamente. En nuestro despacho defendemos el principio constitucional de presunción de inocencia y acompañamos a quienes sufren las graves consecuencias de una denuncia falsa, ayudándoles a recuperar su estabilidad y su buen nombre.


Cuando la Ley se Utiliza de Forma Injusta

La Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género fue creada para amparar a las mujeres víctimas de maltrato. No obstante, en algunos casos, esta normativa puede ser empleada de forma indebida por determinadas personas que buscan obtener ventajas en procesos de divorcio, custodia de hijos o acceso a ayudas económicas.


En Exige Abogados hemos acompañado a numerosos hombres que han sido víctimas de este uso instrumental de la ley, viendo cómo una denuncia infundada les apartaba de sus hijos, les obligaba a abandonar su hogar o les colocaba en una situación de total indefensión ante los tribunales.


Datos que Invitan a la Reflexión

Según el Informe sobre la violencia sobre la mujer en la estadística judicial en el año 2024 (publicado Observatorio contra la violencia doméstica y de genero), se registraron:

  • 4.830 casos finalizados en sobreseimiento libre, equivalente a una absolución.
  • 2.397 sentencias absolutorias.


Estos datos reflejan que un número significativo de denuncias no termina en condena. Además, conviene recordar que las denuncias falsas solo aparecen en las estadísticas cuando existe una condena firme por ese delito, por lo que la realidad de los hombres denunciados falsamente podría ser más amplia de lo que reflejan los informes oficiales.


Nuestro Compromiso: Justicia, Equilibrio y Defensa de la Verdad

En Exige Abogados trabajamos cada día para que ningún hombre inocente vea vulnerados sus derechos por una denuncia falsa.
Creemos que
defender a las verdaderas víctimas y proteger a los inocentes no son causas opuestas, sino complementarias dentro de un sistema judicial justo y equilibrado.


Si has sido denunciado injustamente por violencia de género, no estás solo. En nuestro despacho te ofrecemos:

  • Asesoramiento jurídico especializado y confidencial.
  • Acompañamiento legal y emocional durante todo el proceso.
  • Defensa firme de tu inocencia ante los tribunales.


En Exige Abogados estamos comprometidos con la verdad y con la justicia. Porque toda persona, sea cual sea su género, merece ser escuchada, respetada y defendida.


Ejemplo real de despacho con nombres ficticios: Carlos Martín vs. Laura García


Situación inicial
Carlos Martín, 36 años, trabajador por cuenta ajena, convive con su pareja Laura García, 34 años. Tienen dos hijos menores: Martina (7) y Lucas (4). Tras una crisis de pareja, Laura decide poner fin a la relación y busca tramitar el divorcio con rapidez.

Según la versión que ella ofrece ante su abogado, las disputas se han convertido en “vejaciones continuadas” y amenazas, por lo que presenta denuncia por violencia de género ante el Juzgado de Violencia sobre la Mujer.


Objetivo de la denunciante (según la investigación posterior): usar el procedimiento de violencia de género —más rápido y con medidas cautelares inmediatas— para:

  • Obtener la custodia provisional de los hijos.
  • Conseguir una pensión de alimentos y una pensión compensatoria favorable.
  • Acelerar el divorcio y mejorar su posición en el pleito de familia.

 

Cronología simplificada de qué ocurrió en el proceso penal frente a Carlos.

  1. Día 0 — Laura presenta denuncia en comisaría. Declara episodios de vejaciones psicológicas y una agresión puntual. Acompaña la denuncia con mensajes de whatsapp y fotografías (unas borrosas que muestran un moretón cuya procedencia no queda acreditada).
  2. Día 2 — Fiscalía solicita medidas cautelares; el juez acuerda alejamiento y prohibición de comunicación de Carlos, y otorga la custodia provisional de los menores a la madre. Carlos debe abandonar el domicilio.
  3. Semanas 1–4 — Carlos contacta con Exige Abogados. Se evita el empeoramiento de la situación recopilando documentación y testigos.
  4. Mes 1–3 — El equipo jurídico de Carlos inicia la defensa: solicita partes médicos, imágenes de cámaras (comercios cercanos), registros de geolocalización del móvil, pericia forense sobre las fotos, y aporta testigos que contradicen la versión de agresión.
  5. Mes 4 — Las pruebas aportadas por la defensa muestran inconsistencias en la versión de Laura, la denunciante (horarios conflictivos, mensajes que revelan intención de presionar, ausencia de lesiones compatibles con lo denunciado). El informe forense no aprecia lesiones recientes compatibles con agresión. Se incorporan periciales psicológicas que apuntan a posible simulación.
  6. Mes 6 — La Fiscalía solicita el sobreseimiento al no existir indicios suficientes para condena. El procedimiento penal se archiva; el procedimiento civil/familiar por divorcio y custodia continúa en sede civil.
  7. Mes 9 — Tras la resolución penal favorable a Carlos, se solicita juicio por denuncia falsa. En el proceso penal por denuncia falsa (si procede) se necesitará condena firme para que conste como tal en estadísticas.
  8. Mes 12 — Resultado final: archivo penal por la denuncia de violencia (sobreseimiento) y sentencia judicial en el proceso de familia que revisa las medidas provisionales, recuperando Carlos un régimen de visitas amplio y negociación de pensión proporcional.


Pruebas y elementos clave que permitieron la defensa:

  • Partes médicos y examen forense que no pudieron acreditar lesiones recientes o compatibles.
  • Registros de geolocalización y testigos que acreditaron la presencia de Carlos en otro lugar el día de la supuesta agresión.
  • Mensajes y correos en los que la denunciante reconoce (textualmente) su intención de acelerar el procedimiento de separación.
  • Testimonios de vecinos y familiares que contradijeron la idea de una convivencia habitual de maltrato.
  • Pericial psicológica en menores que detectó indicios de influencia parental sin signos claros de maltrato físico.
  • Análisis forense de las fotografías aportadas con la denuncia (metadatos, discrepancias en la fecha).

 

Errores procesales habituales de la parte denunciante:

  • Aportar pruebas poco consistentes: fotografías sin metadatos, partes médicos con ambigüedades, declaraciones contradictorias.
  • Contradecirse en las fechas y horarios ante distintos órganos (comisaría, fiscalía, declaración judicial).
  • Buscar medidas provisionales sin fundamento objetivo más allá de interés procesal.


Estrategia de defensa : qué hizo Exige Abogados por su cliente Carlos:

  1. Actuación inmediata: se personó nuestra compañera Aroa González para su defensa penal. 
  2. Recopilación sistemática de pruebas: historiales médicos, registros telefónicos, cámaras, correos, testigos.
  3. Impugnación de las medidas cautelares: solicitudes de modificación/revocación de alejamiento y comunicación ante la falta de indicios.
  4. Pruebas periciales: examen forense, pericia documental y pericia psicológica de menores.
  5. Protección de la relación con los hijos: solicitudes formales para mantener contacto supervisado si procede, y acciones ante juzgados de familia para revertir decisiones provisionales.
  6. Evaluación de acciones posteriores: una vez quede acreditada la falsedad, estudiar la interposición de querella o denuncia por denuncia falsa y reclamación de responsabilidad civil por daños (daño moral, pérdida de ingresos, gastos judiciales).

 

Consecuencias para la persona falsamente acusada 

  • Pérdida temporal de la convivencia con los hijos y sufrimiento emocional por separación forzada.
  • Deterioro en su reputacióny estrés laboral por la exposición y las medidas cautelares.
  • Gastos económicos (defensa jurídica, peritajes) y trastornos personales.
  • Posible reparación si se logra demostrar la falsedad: indemnización por daños y devolución de costes judiciales.

 

Qué hizo Exige Abogados por Carlos 

  • Asesoramiento rápido, confidencial y especializado desde el primer día.
  • Coordinación con peritos médicos y forenses para desmontar la versión de la denunciante.
  • Petición de medidas para salvaguardar la relación paterno-filial con los menores (visitas supervisadas, mediación familiar).
  • Presentación de una estrategia escalonada: defensa penal + medidas civiles para restablecer derechos.


Este caso se muestra cómo el uso de una denuncia por violencia de género puede perjudicar gravemente a una persona inocente y a sus hijos.


En Exige Abogados defendemos con firmeza la protección de las víctimas de violencia real, pero también la presunción de inocencia y los derechos de quienes son objeto de denuncias infundadas.


Si te identificas con este relato (o estás pasando por una situación similar), es imprescindible actuar con rapidez y con asesoramiento especializado.


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La hora decisiva del IRPH para los consumidores hipotecados Desde hace años, la cláusula IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) ha sido objeto de litigios intensos, debate doctrinal y pronunciamientos judiciales en España. Muchas hipotecas contratadas con este índice han generado que los prestatarios terminen pagando mucho más de lo que hubieran abonado si su hipoteca hubiese estado referenciada a un índice más favorable (como el Euríbor). Ahora, con la fecha del 1 de octubre de 2025 marcada en el calendario para un pronunciamiento del Tribunal Supremo, se presenta una encrucijada jurídica decisiva. Si el Alto Tribunal da la razón a los consumidores, podría desencadenarse una oleada de reclamaciones y reequilibrios significativos en el sector hipotecario. Si, por el contrario, reafirma criterios favorables a las entidades, los efectos podrían ser más limitados o incluso desalentar nuevas reclamaciones. En esta entrada exploraremos: Qué es el IRPH y por qué ha sido tan polémico. La reciente sentencia madrileña que declaró la nulidad de la cláusula IRPH. Lo que cabe esperar a partir de la decisión del Tribunal Supremo en octubre de 2025. Recomendaciones estratégicas para un despacho de abogados que desee posicionarse en esta materia. ¿Qué es el IRPH? Origen, funcionamiento y críticas Origen y definición El IRPH es un índice referencial hipotecario regulado por el Banco de España. En esencia, el IRPH se calcula como una media de los tipos de interés aplicados por las entidades financieras en sus préstamos hipotecarios durante un periodo determinado. En su versión “IRPH Cajas” o “IRPH Bancos”, se distingue en función de qué tipo de entidades se hayan tenido en cuenta para la media. La idea original era ofrecer una alternativa al Euríbor, con una menor volatilidad. Sin embargo, en la práctica el IRPH ha expresado una tendencia más elevada y menos dinámica hacia la baja, lo que ha provocado que muchas hipotecas que lo usan resulten más gravosas para los prestatarios. Mecanismo de cálculo y características problemáticas. Algunas particularidades esenciales (y polémicas) del IRPH: Se basa en datos históricos del mercado hipotecario, lo que puede provocar que no refleje con agilidad las bajadas sustanciales de los tipos de interés. No se incorporaba un “diferencial negativo” de oficio (esto es, un ajuste que corrige que el IRPH suele situarse por encima de otros índices, como el Euríbor). Su fórmula y composición pueden resultar opacas para el consumidor medio: muchas veces la información proporcionada por las entidades no explica claramente cómo se configuraba el IRPH, cuál ha sido su evolución pasada, ni las consecuencias económicas reales de su aplicación. En muchas escrituras hipotecarias, la cláusula del IRPH aparece de forma genérica o con remisión al Boletín Oficial del Estado (BOE), sin un análisis comparativo con alternativas más favorables. Críticas y controversias jurídicas Las críticas al IRPH se han centrado en: Falta de transparencia : Que el consumidor no podía comprender adecuadamente el funcionamiento del IRPH ni su posible impacto económico. Desequilibrio contractual : Que el uso del IRPH provocaba un desequilibrio sustancial en perjuicio del prestatario frente a la entidad financiera. Comparabilidad : Que no se ofrecía al cliente una comparación clara entre lo que hubiera supuesto una hipoteca con Euríbor frente al IRPH en el momento de la contratación. Responsabilidad de la entidad : Según la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en casos de cláusulas abusivas la carga de la prueba recae sobre la entidad financiera para demostrar que actuó de buena fe.  Sentencia en Madrid que declara nula la cláusula IRPH Recientemente, el Juzgado de Primera Instancia nº 101 bis de Madrid ha dictado una sentencia estimatoria en la que: Declara la nulidad de la cláusula IRPH incluida en un préstamo hipotecario. Ordena la sustitución del IRPH por el Euríbor como índice de referencia del préstamo. Reconoce la existencia de falta de transparencia , por considerar que la entidad no proporcionó al consumidor información suficiente acerca de la fórmula de cálculo del IRPH, su comparación con otros índices, ni del diferencial negativo contemplado por la Circular del Banco de España 5/1994. Establece que no basta con que la definición del IRPH esté en el contrato o que se remita al BOE; es necesario explicar al cliente sus particularidades y consecuencias económicas relevantes. Señala que, una vez la cláusula es declarada nula, corresponde consultar al consumidor si prefiere la nulidad total del contrato (lo que implicaría un replanteamiento sin índice o sin interés) o la sustitución del IRPH por otro índice (por ejemplo, Euríbor). Este fallo es relevante por varias razones: En Madrid, capital del país, su repercusión mediática puede incentivar nuevas demandas. Refuerza una línea jurisprudencial que muchos juzgados ya han adoptado tras los pronunciamientos recientes del TJUE. Crea presión hacia que el Tribunal Supremo adopte un criterio más favorable para los consumidores. No obstante, no es un veredicto definitivo para todos los casos. En Madrid también ha habido precedentes y decisiones de la Audiencia Provincial que han declarado que la cláusula IRPH no es abusiva en casos concretos. Por ejemplo, la Audiencia Provincial de Madrid afirmó que la cláusula IRPH-Cajas no era abusiva en un caso concreto, argumentando que no estaba acreditada la falta de transparencia. Esta disparidad de criterios subraya la importancia de que el Tribunal Supremo aporte una doctrina uniforme.
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